Firma en el Condado de Miami-Dade Ayudando a Victimas de Discriminación por Nacionalidad de Origen
La discriminación por nacionalidad de origen ocurre cuando un empleador trata a los solicitantes o empleados de manera diferente o menos favorable porque: (1) nacieron fuera de los Estados Unidos, incluso en los territorios de los Estados Unidos; (2) sus padres o ancestros nacieron fuera de los Estados Unidos; (3) tienen una etnia o acento diferente; o (4) parecen provenir de cierto origen étnico (incluso si no lo son).
Hay leyes federales, estatales y locales que prohíben este tipo de discriminación. Bajo la ley federal, el Título VII de la Ley de Derechos Civiles de 1964 (“Título VII”), y la ley del estado de la Florida, la Ley de Derechos Civiles del estado de la Florida (“FCRA”), que se aplican a los empleadores con 15 o más empleados, los empleadores no pueden discriminar a los empleados por su origen nacional. En el condado de Miami-Dade, por ejemplo, se aplican protecciones similares en los casos de empleadores que tienen 5 o más empleados. Esta protección legal significa que un empleador no puede tener en cuenta el origen nacional de un empleado al tomar decisiones con respecto a todos los términos y condiciones de empleo, incluyendo la contratación, salarios, horas de trabajo, transferencia, promoción, disciplina o terminación.