Abogados de Discriminación por Estado Civil Basados en el Condado de Miami-Dade
Si bien la discriminación por estado civil no está específicamente protegida por la ley federal o del Estado de la Florida, hay varios escenarios en los que puede surgir discriminación por estado civil. Por ejemplo, la discriminación basada en el sexo, que está cubierta por las leyes federales y estatales. La ley federal aplicable es el Título VII de la Ley de Derechos Civiles de 1964 (“Título VII”), y la ley estatal equivalente es la Ley de Derechos Civiles del estado de la Florida (“FCRA”). Ambos estatutos se aplican a empleadores con 15 o más empleados.
Un ejemplo de discriminación por estado civil que podría caer en la discriminación sexual sería si, durante una entrevista, un empleador se negara a contratar a una candidata que era una recién casada por temor a que pronto quedará embarazada y necesitará tiempo libre del trabajo. La candidata podría encontrar alivio bajo el Título VII y la FCRA por una reclamación de discriminación basada en su sexo.
Además, hay ordenanzas locales y de Condado que prohíben la discriminación por estado civil. Por ejemplo, en el Condado de Miami-Dade (que se aplica a los empleadores que tienen 5 o más empleados), la ordenanza establece específicamente que es ilegal “fallar en contra, negarse a contratar, referir para el empleo o discriminar a cualquier individuo” debido al estado civil de esa persona. Véase el Código del Condado de Miami-Dade § 11A-26(1)(a). El condado de Miami-Dade define el “estado civil” como “el estado de estar casado, soltero, divorciado, separado o viudo, y las condiciones que pueden estar asociadas con el mismo, incluyendo el embarazo y la paternidad.” Id. 11A-2(14).