No Competencia y Protección Contra la Competencia Desleal

Firma Basada en Miami-Dade County con Experiencia en Asuntos de No Competencia y Protección Contra la Competencia Desleal

Una cláusula de no competencia, o convenio de no competir, es una cláusula de un acuerdo en virtud del cual una parte se compromete a no iniciar o participar en una profesión similar o competir contra otra parte. Estos tipos de acuerdos se conocen con frecuencia como “convenios restrictivos.” En el estado de la Florida, los acuerdos de no competencia pueden ser aplicados por los tribunales, aunque la aplicabilidad está sujeta a defensas. Por ejemplo, el alcance de la no competencia y si el empleador está protegiendo un interés comercial legítimo tal como se define en la ley. Los requisitos y limitaciones de las cláusulas de no competencia se basan en la jurisprudencia, así como en un estatuto detallado, Fla. Stat. § 542.335.

Con el fin de hacer cumplir un pacto restrictivo, una persona debe demostrar que la restricción especificada contractualmente es razonablemente necesaria para proteger un interés comercial legítimo. Bajo la ley del estado de la Florida, un interés comercial legítimo incluye secretos comerciales, información confidencial que de otra manera no califica como un secreto comercial, una relación sustancial con clientes, pacientes o clientes potenciales o existentes específicos, y la buena voluntad del cliente con una relación en curso.

La persona que se oponga a la ejecución debe demostrar que la restricción especificada contractualmente es excesiva, o no es razonablemente necesaria para proteger un interés comercial legítimo. Si una restricción especificada contractualmente es excesiva o no es razonablemente necesaria para proteger un interés comercial legítimo, la ley del estado de la Florida requiere que un tribunal modifique la restricción y conceda sólo el alivio razonablemente necesario para proteger un interés. Los tribunales en el estado de la Florida presumen que cualquier restricción con un tiempo de duración de 6 meses o menos es razonable, mientras que también suponen como irrazonable cualquier restricción que tenga más de 2 años de duración. Para ser exigible, un acuerdo de no competencia debe ser por escrito y firmado por la persona contra la que se solicita la ejecución.

Además, al determinar la aplicabilidad de un convenio restrictivo, la ley del estado de la Florida no permite que los tribunales consideren ninguna dificultad individual que pueda resultar de la aplicación de un acuerdo de no competencia válido de otro modo. Sin embargo, los tribunales deben determinar si la aplicación de un convenio restrictivo afectará la salud pública, la seguridad y/o el bienestar.

Los abogados de BT Law Group tienen una amplia experiencia en la redacción y aplicación de acuerdos de no competencia, así como asesorando a empleadores, ejecutivos, profesionales, gerentes y trabajadores por hora sobre la interpretación de acuerdos de no competencia y las trampas asociadas con estos acuerdos. Póngase en contacto con los abogados de BT Law Group para una consulta.

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NUESTRO PROCESO
1.
Investigar

Como el primer paso, su equipo legal recopilará y revisará documentos relacionados con su asunto, incluyendo cualquier contrato de empleo u oferta de trabajo, hojas de horario, comunicaciones relevantes, y cualquier acción disciplinaria, incluyendo los planes de mejora del desempeño o los documentos de despido.

Estos documentos ayudarán a sus abogados a evaluar sus reclamos y desarrollar una estrategia para obtener los mejores resultados para su situación.

2.
Formular

Una vez que su equipo legal complete la investigación inicial, trabajarán con usted para determinar la mejor estrategia legal para su situación. Su equipo legal hará recomendaciones y trabajará con usted para formular el enfoque más efectivo para obtener el resultado deseado.

3.
Abogar

Después de que usted y su equipo legal formulen la estrategia, su equipo legal abogará a su favor para obtener el resultado deseado. Esto podría incluir negociar un paquete de separación, participar en negociaciones previas a la demanda, enviar una carta de demanda y/o presentar un cargo de discriminación o demanda en su nombre.

Los abogados de BT Law tienen gran experiencia en litigios y juicios y defenderán sus derechos en el tribunal según sea necesario.

Reseñas

Excelente.
Muy profesional,haciendo seguimiento del problema día a día,brindando consejos claros para una rápida solución.

Cinco estrellas no son suficientes para definir la calidad y entrega de este equipo de abogados, como tampoco mis palabras pueden definir en su totalidad el agradecimiento y admiración que siento por ellos. Desde el principio hasta el final del caso estuvieron entregados 100% a su trabajo con todo su corazón, estuvieron apoyándome en cada momento, juntos lloramos y juntos reímos, no sólo fueron mi abogados fueron una familia que me apoyo en los momentos difíciles, yo y mi compañía les estaremos eternamente agradecidos.

ASESORES DE CONFIANZA
Jason D. Berkowitz es socio fundador de BT Law Group, PLLC. Antes de iniciar BT Law, Jason fue socio en la oficina de Miami de una firma nacional de abogados de labor y empleo donde representó exclusivamente a la gerencia.
Anisley Tarragona es socia fundadora de BT Law Group, PLLC. Antes de iniciar BT Law, Anisley trabajó en la oficina de Miami de un bufete nacional de abogados de labor y empleo donde representaba exclusivamente a la gerencia. Anisley, nacida y criada en Cuba, habla español con fluidez.

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