Abogados de Protección al Denunciante Basados en el Condado de Miami-Dade
Tanto las leyes federales como las estatales protegen a los empleados que son denunciantes. En el estado de la Florida, hay un estatuto de denunciante de empleador público y uno de empleador privado que proporcionan protecciones significativas para los empleados que, por ejemplo, se oponen o se niegan a participar en alguna actividad ilegal del empleador. Sin embargo, hay muchas defensas que un empleador puede hacer valer en las reclamaciones de denunciantes.
El acto de denunciante privado del estado de la Florida, que se encuentra en Fla. Stat. §§ 448.101 – 448.105, establece que un empleador no puede tomar ninguna acción de represalia contra un empleado porque el empleado haya:
- Divulgado, o amenazado con revelar, a cualquier agencia gubernamental apropiada, bajo juramento, por escrito, una actividad, política o práctica del empleador que está en violación de una ley, regla o regulación. Sin embargo, el empleado primero debe poner la actividad, política o práctica del empleador, por escrito, con el fin de dar al empleador una oportunidad razonable para corregir la actividad, política o práctica.
- Proporcionado información o testificado ante cualquier agencia gubernamental, persona o entidad apropiada que lleve a cabo una investigación, audiencia o investigación sobre una supuesta violación de una ley, regla o regulación por parte del empleador.
- Objetado o negado a participar en cualquier actividad, política o práctica del empleador que esté en violación de una ley, regla o regulación.